El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy las modificaciones
del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Cava en las que se
incluye ‘REQUENA’ como unidad geográfica menor, del tipo «Zona», dentro de los
apartados correspondientes. En concreto, el documento del BOE ratifica la
resolución de 25 de enero de 2024 de la Dirección General de Alimentación por
la que, en ejecución de sentencia, se incluye la unidad geográfica menor
’REQUENA’ dentro del pliego de condiciones de la denominación de origen
protegida Cava.
La disposición del BOE recuerda la sentencia del pasado 30 de
noviembre de 2022 de la sección cuarta del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid contra las resoluciones de la Secretaría General Técnica del Ministerio
de Agricultura, Pesca y Alimentación, dictadas por delegación del Secretario
General de Agricultura y Alimentación, de 13 de agosto y 2 de septiembre de
2021 por las que se desestimaban los recursos de alzada interpuestos por la
Asociación de Elaboradores de Cava de Requena, y de 3 de septiembre de 2021 de
la Dirección General de la Industria Alimentaria por la que se rechazaba el
requerimiento previo a la vía contencioso-administrativa de revocación y
modificación formulado por la Generalitat Valenciana, contra la Resolución de
la Dirección General de la Industria Alimentaria de fecha 10 de junio de 2021
por la que se aprueba y se acuerda la publicación de la resolución favorable a
la modificación «normal» del pliego de condiciones de la Denominación de Origen
Protegida Cava aprobada en su Pleno de 15 de julio de 2020, anulando tales
actos en el particular impugnado de no incluir ‘REQUENA’ como unidad geográfica
menor (zona), con la consecuencia de reconocer el derecho de los recurrentes a
la creación de dicha zona en la modificación del pliego de condiciones de la DOP CAVA
aprobada por dicha resolución como única opción aceptable en Derecho.
En la disposición publicada en el BOE se incide en que la
resolución surtirá efectos de manera retroactiva desde el 15 de junio de 2021,
fecha en que, mediante su publicación en el Boletín Oficial del Estado, tuvo
efectos la resolución favorable de la Dirección General de la Industria
Alimentaria de fecha 10 de junio de 2021 citada.
La publicación en el BOE de esta modificación del Pliego de
Condiciones de la DO Cava oficializada que las bodegas elaboradoras de Cava
ubicadas en Requena puedan disponer de marchamos y contraetiquetas en las que
figure de manera oficial el nombre de la unidad geográfica menor (Zona)
“Requena”.
Para Rebeca García,
presidenta de la Asociación de Elaboradores de Cava de Requena, “la publicación
en el BOE de la resolución del Ministerio en la que modifican el pliego de
condiciones es el broche oficial a esta larga demanda de David contra Goliat
que ha durado 3 años, y que por fin ratifica que nuestros cavas van a lucir el
nombre de ‘REQUENA’ en las etiquetas y marchamos. Esto es una noticia histórica
para nuestra región y para el Cava”.
0 comentarios :
Publicar un comentario